GOBIERNO ESCOLAR

GOBIERNO ESCOLAR :
El gobierno escolar es el órgano encargado de velar por los derechos y deberes de una comunidad estudiantil, así, este se divide en tres ramas (en orden de importancia), consejo directivo, consejo académico y consejo de estudiantes. así, el consejo directivo, está encargado de sancionar órdenes que sean de importancia tal que influyan directamente en la vida del colegio, sus integrantes son el rector (o director), dos directivos docentes, dos docentes (preferiblemente uno de primaria y otro de secundaria) un alumno, un ex-alumno, un padre, un representante de servicios productivos. por otro lado, el consejo académico esta directamente encargado de solucionar problemas académicos o conflictos entre estudiantes y profesores, se conforma por el rector y un docente representante de cada área. el consejo estudiantil se encarga de sugerir ideas para el beneficio precisamente de los estudiantes y denunciar abusos u omisiones a las normas de la institución, está conformado por el rector, un personero estudiantil (estudiante siempre del último grado ofrecido en la institución) y un estudiante representante de cada grado.



Personeros Y Personeras Estudiantiles

Los Personeros y Personeras Estudiantiles son líderes juveniles con la capacidad de generar participación en la comunidad estudiantil.
Son personas que descubren y trabajan las necesidades del grupo al que represen. Son defensores de los derechos humanos y promueven la cultura democrática. Velan porque la comunicación entre los estudiantes, maestros, padres de familia y demás integrantes de la comunidad educativa sea abierta, clara, sencilla y respetuosa.
Los Personeros de los colegios y en general todos los jóvenes, estan apoyados por distintos estamentos públicos y privados, entre ellos, la Personería de Bogotá, las Personerías Locales y las Redes Distrital y Locales de Personeros y Personeras Estudiantiles, quienes a través de diferentes actividades fortalecen nuestra labor. También los apoyan las autoridades educativas, en particular la Secretaría de Educación Distrital y la Defensoría del Pueblo.

Funciones
El principal compromiso es promover el cumplimiento de los Deberes y Derechos de los Estudiantes de los planteles educativos.
Una de sus funciones básicas es la de utilizar de manera responsable, algunas herramientas de interacción como los medios de comunicación o los foros-seminarios al interior del los colegios.
Los Personeros y Personeras Estudiantiles son quienes reciben, evaluan y le dan el tramite a las quejas de los Estudiantes, cuando sienten que están siendo vulnerados sus Derechos Humanos o su derecho a la educación.
Aunque es claro que los Personeros y Personeras Estudiantiles no son los representantes de los estudiantes ante los concejos directivos de los colegios, si tienen la capacidad de tramitar ante este órgano, ante el Rector o ante las directivas del Plantel cualquier inquietud encaminada a defender los derechos de los Estudiantes.
Herramientas
Como estudiantes y personas, en el momento en el que un derecho es vulnerado en la institución, los Personeros y las Personeras Estudiantiles pueden interponer quejas y acciones legales ante los distintos organismos competentes. A continuación mencionaremos algunos:
Derecho de Petición: Es un derecho que tienen todas las personas de elevar solicitudes respetuosas a las autoridades, quienes tienen un plazo determinado por la misma Ley para dar respuesta a las peticiones, es así que cuando se trata de consultas tienen un plazo de treinta (30) días; para informaciones y copias diez (10) días y para las demás peticiones quince (15) días.
Acción de Tutela: Es un mecanismo de protección que tenemos todas las personas para obtener protección judicial inmediata de los derechos fundamentales. Debe resolverse en diez (10) días y el fallo debe cumplirse en un término no mayor a 48 horas. En la Personería Distrital o Local, así como en la Defensoría del Pueblo o la Procuraduría General, pueden dar asesoría para usar adecuadamente éste y otros recursos como son las acciones populares y las acciones de cumplimiento.
Además de estos mecanismos jurídicos, los Personeros y las Personeras Estudiantiles reciben el apoyo de la Personería Distrital, las Personerías Locales, la Secretaría de Educación Distrital, las Alcaldías Locales, los CADEL, las Redes de Acciones Ciudadanas, la Red Distrital de Personeros y Personeras Estudiantiles, el Comité Distrital de Derechos Humanos y la Delegada para los Derechos Humanos de la Personería Distrital, entre otras instituciones, como agentes veedores en el tema de los Derechos Humanos de los estudiantes.
Objetivos y Acciones
El trabajo de los Personeros y Personeras estudiantiles se relaciona con los compañeros, los maestros, los coordinadores, las directivas, las personas que prestan servicios como cafetería, aseo y vigilancia, padres de familia y otras personas más, que son allegadas al colegio y que contribuyen al bienestar del mismo. Igualmente, es conveniente su relación con la comunidad donde se desenvuelve la vida cotidiana de los estudiantes.
Se debe tener en cuenta que del buen funcionamiento de la institución, depende en gran parte la interacción con todos estos agentes, donde la convivencia, la tolerancia y el respeto hacia el otro, deben ser una premisa, y el Personero Estudiantil juega un papel importante como conciliador y mediador.
Elecciones
El rector de las instituciones educativas convocará a la elección del Personero o la Personera Estudiantil dentro de los 30 días siguientes a la iniciación de clases. Los estudiantes que se postulen deben hacerlo por voluntad propia y cumplir con algunos requisitos básicos:
  • Ser estudiante del último grado que ofrezca el plantel educativo.
  • Ser estudiante en uso de sus facultades, certificado dentro de la institución.
  • Entregar un plan de trabajo y exponerlo ante los estudiantes.
  • Evaluar y promover proyectos y estrategias, atendiendo necesidades e inquietudes dentro de la institución.
La elección del Personero o Personera Estudiantil fortalece el ejercicio de la democracia dentro de las instituciones educativas. Por ello, y evitando perder el curso transparente que deben tener estas actividades, es recomendable tener en cuenta:
  • No utilizar mecanismos proselitistas de compra de votos, tales como regalos y premios o promesas que no son de su competencia o que no se puedan cumplir.
  • Tratar de manera respetuosa y ética a las personas que también aspiran a ser elegidas.
  • Realizar campañas que no lastimen física o emocionalmente a ningún miembro de la comunidad educativa, hablando siempre con la verdad y sin hacer falsas promesas que luego no pueda cumplir.
NOTA : RECUERDE QUE LA ACTIVIDAD ES PARA REALIZARLA EN LA HORA DE CLASE Y QUIENES NO LA HAN REALIZADO COMO EN EL CASO DE LA ACTIVIDAD ANTERIOR  YA TIENEN UNA NOTA NEGATIVA.
HAGA CLIC ENN EL SIGUIENTE ENLACE:

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